Indemnizan a una mujer porque le compactaron el auto sin notificarla

El Gobierno porteño resarcirá a una vecina de la Ciudad porque compactaron su auto sin respetar el debido proceso, ya que faltó notificarla de dicha medida. La indemnización asciende a $145.000 -valor del vehículo- y $20.000 por daño moral. Los conceptos que fueron rechazados son daño psíquico y pérdida de la chance porque no aportan pruebas para justificar los pedidos.
Además, el titular del Juzgado nº 18 en lo Contencioso Administrativo y Tributario consideró que era necesario exhortar al Poder Legislativo local para que sancione una ley de responsabilidad en el ámbito de la CABA.
El 23 de agosto de 2016, la señora recibió la notificación por abandonar su auto en la vía pública y recién ahí supo dónde estaba. Al día siguiente fue a la dirección consignada y no estaba. Un comerciante de la zona le comentó que hacía un mes la grúa se lo había llevado.
En 2012, la actora le prestó el auto a su pareja de entonces y este nunca se lo devolvió. Es por ello que en 2014 la mujer realizó la denuncia para que secuestren el vehículo, dicho pedido es prueba de que la señora no sabía el paradero del auto.
En los autos “T. A. E. contra GCBA sobre daños y perjuicios”, el juez sostuvo que el ejercicio irregular de las funciones del GCBA vulneró el derecho de defensa de la actora y como consecuencia se afectó su patrimonio. Por lo tanto, la demandada compactó ilegítimamente el auto.
Pese a que se realizó una segunda intimación -establecida en el artículo 3º de la ley- no fue fehaciente porque el oficial notificador informó que la cédula no había podido entregarse porque nadie había respondido a sus llamados. A su vez, se comprimió el auto antes del vencimiento del plazo otorgado a la actora para que se defienda de la infracción por abandono del vehículo.
Acceda al fallo completo aquí
Fuente: Erreius