Supermercado multado por vender alimentos vencidos

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Un supermercado deberá abonar una multa por exhibir productos vencidos; la sanción había sido impuesta por la Secretaría de Defensa del Consumidor, y la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial la confirmó en los autos "Jumbo Retail Argentina S.A. c/Secretaría de Defensa del Consumidor - recurso de apelación directa".

La firma violó el artículo cinco de la Ley de Defensa del Consumidor, el cual dispone que los servicios y las cosas no impliquen un peligro para la salud o la integridad física de los consumidores o usuarios.

Las actuaciones administrativas se iniciaron cuando la Secretaría de Defensa del Consumidor constató que había en las góndolas productos vencidos en un Jumbo de la ciudad de Salta. En su defensa, la empresa manifestó que “el vencimiento de los productos era reciente y que estos no constituían ningún riesgo para la salud de los clientes”. Además, justificaron la situación como “un error humano en el control de la mercadería”.

El monto de la sanción fue calculada en base al importante lugar que tiene la empresa en el mercado y a su condición de reincidente, al afectar en varias oportunidades los derechos de los consumidores. Los magistrados sostuvieron que no corresponde controlar la cuantificación de la multa porque en el caso no hay irrazonabilidad evidente.

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Fuente: Erreius.