MIÉRCOLES, 17 DE MARZO DE 2021
La Suprema Corte bonaerense aprueba el Reglamento de Amigos del Tribunal
Se regula la intervención de personas de reconocida experiencia sobre la cuestión debatida u organismos estatales que no sean parte en los procesos judiciales en los que se traten cuestiones de trascendencia colectiva o interés general. Se habilita un Registro Especial para la inscripción de interesados en intervenir como Amigos del Tribunal (Amicus Curiae).

El Acuerdo 3977/2021 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, publicado en el Boletín Oficial de este miércoles, aprueba el “Reglamento de Amigos del Tribunal”, que regula la actividad de toda persona humana o jurídica con reconocida competencia sobre la cuestión debatida, que no sea parte de un pleito y reúna las condiciones establecidas en la Ley 14736, y se presente en los procesos judiciales ante el Máximo Tribunal provincial, en los que se debatan cuestiones de trascendencia colectiva o interés general.
El Estado provincial y los municipios de la provincia de Buenos Aires podrán intervenir a través de los organismos y órganos de control especializados en la materia específica de la que se trate, por medio del funcionario debidamente habilitado para representar a dichas agencias.
El Amigo del Tribunal se presentará mediante un escrito que no supere las 20 páginas de extensión, debiendo acompañarse tanto en papel como en soporte magnético. La presentación podrá formalizarse a través del sistema de presentaciones electrónicas.
De resultar pertinente la presentación efectuada, la Suprema Corte de Justicia ordenará su incorporación al expediente, pudiendo solicitar las explicaciones y/o aclaraciones que estime necesarias. La providencia que admita o rechace la presentación será irrecurrible y se notificará por nota, pudiendo darse traslado a las partes si el Tribunal lo estima conveniente.
El Registro Público de Amigos del Tribunal funcionará en la órbita de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales en la que deberán presentarse por vía electrónica o personalmente las solicitudes de inscripción correspondientes a aquellas personas, organizaciones, órganos o autoridades que tengan interés en intervenir como Amigos del Tribunal y reúnan las condiciones establecidas a tales efectos por la Ley 14736. Los datos contenidos en el Registro serán públicos, de consulta libre y accesible desde el sitio web de la Suprema Corte de Justicia.
La inscripción en el Registro estará abierta durante todo el año, salvo los períodos de feria judicial, debiendo constar en la respectiva solicitud los siguientes datos:
- Nombre y apellido completo, o denominación social, en caso de personas jurídicas.
- Nacionalidad
- Tipo y número de documento (DNI, LE, LC)
- En caso de extranjeros, pasaporte vigente; si fueran personas jurídicas, copia certificada del contrato constitutivo y sus modificaciones, debidamente inscriptos ante la autoridad competente
- Cuando se trate de un organismo público, deberá presentarse la documentación que acredite la habilitación del peticionario para representar a la dependencia de la que se trate como así también la que dé cuenta de su especialización en la materia en particular, en el ámbito de su competencia
- Domicilio real actualizado
- Constitución de domicilio electrónico
- Antecedentes que funden la solicitud de inscripción y la materia en la cual el interesado posea reconocida competencia
El funcionario responsable del Registro podrá solicitar, cuando así se considere pertinente, la ampliación de la documentación acompañada o aclaraciones con relación a los antecedentes remitidos.
La Secretaría de Servicios Jurisdiccionales decidirá sobre la admisión o el rechazo de las solicitudes de inscripción. Su decisorio será susceptible de recurso administrativo fundado por escrito e interpuesto dentro del plazo de 10 días.
A los fines de garantizar la debida difusión de la providencia de la Suprema Corte que determine las causas aptas para la intervención de Amigos del Tribunal, se notificará al domicilio electrónico de las entidades inscriptas en el Registro Público de Amigos del Tribunal.
Fuente: Erreius