Feriado judicial los días 24 y 31 de diciembre y pautas para la presentación electrónica de escritos durante la feria judicial de enero

El Máximo Tribunal aprobó el Protocolo para la presentación electrónica de escritos en el Sistema de Gestión Judicial durante el período de Feria Judicial, que contempla los recaudos para solicitar la habilitación de feria y el funcionamiento de las Oficinas de Guardia.

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Ayer por la tarde, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer, en su página web, las acordadas 38/2020 y 39/2020, por las cuales se declaró feriado judicial los días 24 y 31 de diciembre de 2020 para todos los Tribunales Federales y Nacionales del país, y se aprobó el “Protocolo para la presentación electrónica de escritos en el Sistema de Gestión Judicial durante el período de Feria Judicial”, respectivamente.

Este Protocolo establece el procedimiento a aplicar en todo el Poder Judicial de la Nación durante el período de Feria Judicial de enero de 2021, habida cuenta la normativa procesal que concurre para la habilitación de los estrados para el tratamiento de cuestiones que lo ameriten. Asimismo, fija las pautas respecto de todo otro tipo presentación que quiera realizarse en causas que se encuentren en trámite, pero no habilitadas para su impulso en período de Feria.

Solicitud de habilitación de feria para Ingresos de Nuevas Causas

El ingreso y la asignación de causas por medios remotos solo procederán para las causas que requieran de sustanciación urgente en período de Feria Judicial, y el mismo criterio se adoptará para la presentación de los Recursos Directos y los Recursos de Queja por apelación denegada.

Al solo efecto de solicitar la habilitación de la feria, el ingreso de una causa se deberá iniciar mediante el envío de un formulario de solicitud a una casilla de correo electrónico creada para tal fin. Dicho formulario lo obtiene el letrado desde la página web del Poder Judicial de la Nación: http://www.pjn.gov.ar/. La Corte habilitará un correo electrónico especial, al que solo serán válidos los recursos de queja en los que se requiera la habilitación de la feria.

La oficina receptora de dicho formulario, al recibir el correo electrónico con la solicitud, registrará los datos, asignará la causa y generará la carátula de la causa, informando luego al Letrado su número. El registro de la nueva causa no implica que esta haya sido habilitada para su tramitación en feria judicial; tal condición será determinada por la autoridad competente una vez que el presentante ingrese el escrito y la documental que corresponda a través del Portal de Gestión Judicial.

Oficinas de Guardia (Bandejas de Feria)

La Corte Suprema y cada una de las Cámaras Nacionales y Federales establecerán las oficinas que estarán de guardia durante el período de Feria Judicial, las cuales se encontrarán disponibles como posibles destinatarios de las presentaciones de habilitación de la causa que se requiera tramitar de manera imprescindible durante la Feria. Cuando el Letrado se disponga a dejar el Escrito de Habilitación, el sistema propondrá como destinatarias exclusivamente a las oficinas de feria dispuestas por el fuero de radicación de la causa.

Presentación de Escritos de Habilitación de Feria

A los fines de activar la tramitación durante el período de feria, el Letrado deberá presentar un escrito, fundamentando en él su petición, seleccionando en el sistema el modelo de "Habilitación de Feria", que luego enviará a la oficina de guardia en feria que el sistema le ofrecerá al Letrado dentro de las habilitadas por la Cámara de radicación.

La oficina receptora solo atenderá este tipo de presentaciones cuando los fundamentos lo ameriten y en tales casos calificará informáticamente a la causa en el sistema como "Habilitada para Tramitar en Feria". A partir de ese momento las partes podrán presentar a través del Sistema de Gestión Judicial todo otro tipo de escrito que corresponda a su tramitación.

Presentación de Escritos en causas No Habilitadas para tramitar en Feria

No se podrán realizar presentaciones durante la Feria Judicial en causas que no hayan sido habilitadas específicamente por la autoridad competente. A los fines de no sobrecargar innecesariamente el trabajo de las oficinas judiciales de guardia en Feria, la Corte Suprema solicita que las presentaciones de habilitación que se hagan respondan exclusivamente a las razones de urgencia dispuestas en la normativa vigente.

Se aclara que toda presentación que se haga será tramitada dentro del horario judicial habilitado para el desempeño de las oficinas durante la feria judicial.

 

Fuente: Erreius