Ley de alquileres: no hubo acuerdo y se debatirán dos proyectos en Diputados

El oficialismo propone beneficios impositivos cuando los contratos estén registrados en AFIP, mientras la oposición pide volver al plazo de dos años y la actualización del canon locativo mediante el acuerdo de partes. Lee la nota completa y enterate más.

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Tras poco más de un mes de debate en la Comisión de Legislación General, diputados del oficialismo y la oposición no llegaron a un acuerdo y firmaron dictámenes separados para modificar la denominada “Ley de Alquileres”.

El dictamen de mayoría, del Frente de Todos, establece una serie de beneficios impositivos para quienes pongan viviendas en alquiler, pero mantiene el plazo de los contratos en tres años y la cláusula de ajuste anual.

Por su parte, el dictamen de minoría, que contó con las adhesiones de los legisladores de Juntos por el Cambio, propone volver al plazo de dos años y la actualización del canon locativo mediante el acuerdo de partes.

 

El dictamen del oficialismo

El proyecto del oficialismo establece "incentivos a la oferta de bienes inmuebles con destino habitacional", con el objetivo de “solucionar con el problema de escasez de inmuebles en alquiler que remarcaron tanto el sector de las inmobiliarias como el de los inquilinos”.

En concreto, propone la exención del impuesto sobre Bienes Personales para los inmuebles en alquiler "con destino exclusivo a casa habitación", los cuales no estarán alcanzados cuando su valor sea "igual o inferior" a $1.050.000, que es el establecido por la ley de Bienes Personales para el período fiscal 2018 y siguientes.

También fija un beneficio para los pequeños contribuyentes que tengan inmuebles en alquiler para vivienda. El dictamen señala que podrán seguir en el Régimen Simplificado quienes "no posean más de tres (3) unidades de explotación, sin considerar a estos fines el caso de inmuebles que sean afectados a la locación con destino exclusivo a casa habitación del locatario y su familia".

Por otra parte, incorpora a los inmuebles en alquiler a la ley de "Incentivo a la Construcción Federal" para motivar las inversiones en refacciones de casas o departamentos usados que "sean afectados, por un plazo no inferior a 12 años, a la locación con destino exclusivo a casa habitación del locatario y su familia".

Para que rijan estos beneficios, los contratos deberán estar registrados ante la AFIP. Y agrega que "el corredor y/o martillero público que interviene en o para la celebración de un contrato de locación de un inmueble con fin habitacional tiene la obligación de declararlo" ante el órgano recaudador.

Pago por transferencia bancaria y publicidad

También incorpora la obligación de que los contratos de alquiler con destino habitacional consignen "los datos bancarios necesarios de la parte locadora para recibir el pago del canon convenido por transferencia o depósito bancario".

Por otra parte, establece que "toda publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional" y prohíbe hacerlo en dólares.

Por último, destaca que "en los contratos de locación de inmuebles con destino habitacional las cláusulas y contenidos contrarios o que vulneren las disposiciones de la presente ley, del Código Civil y Comercial y de las normas complementarias, se entenderán siempre de la forma más favorables a la parte locataria y esta tiene derecho a resolver el contrato sin abonar indemnización".

 

El dictamen de minoría

El proyecto que presentaron los diputados de Juntos por el Cambio busca modificar dos artículos.

En primer lugar, el dictamen señala que los contratos de alquiler con destino habitacional serán de dos años (en lugar de los tres vigentes), con la posibilidad de que se extienda por un año más "si al vencimiento del mismo, el locatario continúa en la tenencia del inmueble sin oposición del locador".

Respecto de la actualización del precio de alquiler, remarca que "podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos no menores a seis meses".

Además, elimina la indexación del canon locativo y establece que "las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo utilizar índices oficiales elaborados o publicados por organismos nacionales, provinciales o municipales o lo que las partes acuerden".

 

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Fuente: Erreius