MARTES, 27 DE OCTUBRE DE 2020
Charlas con directores: La prueba en los delitos informáticos
En esta tercera reunión, parte del segundo ciclo de charlas en materia jurídica exclusivo de Erreius, los Dres. Daniel Schurjin y Christian Sueiro, como invitado especial, ofrecieron un análisis detallado sobre los efectos de la tecnología en nuestra sociedad y el tratamiento de la prueba digital en la Argentina. Accedé al video completo y anotate a la próxima charla.

A través del encuentro virtual «La prueba en los delitos informáticos», los Dres. Schurjin y Sueiro ofrecieron a los asistentes una reflexión sobre los efectos de la tecnología en nuestra sociedad y la introducción de la información digital en el proceso penal.
El Dr. Schurjin comenzó la charla explicando algunos de los factores que han incidido en la gran expansión tecnológica producida en la última década:
- la enorme cantidad de producción de la información o datos, en gran magnitud y velocidad.
- el procesamiento de dicha información.
- la posibilidad de transmitir esa información en tiempo real a distintas partes del mundo.
- el cambio tecnológico que ha permitido reducir drásticamente los tamaños de los procesadores, lo que permitió el acceso masivo por parte de la sociedad a la tecnología.
Estos factores nos han llevado a un escenario de grandes avances. Sin embargo, las enormes posibilidades que nos trae la tecnología traen también aparejados muchos riesgos sobre determinados bienes jurídicos a los cuales el derecho penal debe prestar especial atención. A modo de ejemplo, se puede enumerar a delitos sobre el patrimonio, sobre nuestra dignidad y delitos sexuales.
Además, el Dr. Schurjin resumió las modificaciones que se han suscitado desde el Convenio sobre Cibercriminalidad de Budapest del año 2001 hasta la actualidad. Adicionalmente, explicó que la Argentina, a raíz del Convenio de Budapest, en el año 2008 modificó su legislación en materia penal, a través de la ley 26388, e introdujo la figura del “delito informático” en su Código Penal.
Sin embargo, ambos juristas coincidieron en que la categoría de “delitos informáticos” queda casi obsoleta porque hoy en día es posible realizar distintas acciones tipificadas en el Código Penal a través de distintos dispositivos informáticos, aun acciones que parecían impensadas al sancionarse la ley 26388.
Por otro lado, el Dr. Sueiro explicó que el Convenio de Budapest propuso e invitó a las distintas naciones a revisar sus legislaciones en tres planos: en el derecho penal, en el derecho procesal penal y en el de cooperación internacional. Sin embargo, la Argentina únicamente reformó lo concerniente a lo penal dejando de lado el derecho procesal penal.
Sobre el concepto de prueba digital, explicó que cuando hablamos de este concepto nos referimos a la información que se almacena en los distintos dispositivos, ya sea en los discos rígidos de una computadora, en la memoria o chip de un celular, en los servidores, en memorias externas, etc. Esto quiere decir que la prueba es la información.
En este sentido, recalcó que es muy importante no confundir la prueba, que es la información, con el dispositivo que almacena esa información.
Además, enumeró y explicó las características centrales de la evidencia digital:
- Es intangible: porque lo que interesa es la información que está almacenada en los distintos dispositivos, los cuales utilizan como vehículo a la electricidad.
- Es latente: porque se requieren programas de traducción para poder obtener la información que está almacenada en los dispositivos.
- Es volátil: porque puede ser modificada y alterada muy fácilmente. Esto genera que la posibilidad de pérdida de la información sea muy alta.
- Es duplicable: porque es posible duplicar la información cuantas veces se quiera, a diferencia de lo que ocurre con la evidencia física que no puede ser duplicada.
- Es transferible transfronterizamente casi de inmediato: porque en la era digital las fronteras no existen y se puede transferir información casi instantáneamente.
Estas características centrales de la prueba digital hacen que resulte necesario tener un tratamiento procesal especial en el cual se prevea la correcta obtención, adquisición y recolección de prueba digital, su peritaje y su conservación.
Por último, cabe aclarar que en Argentina ni el Código Procesal Penal de la Nación ni el Código Procesal Penal Federal tienen previstos, dentro de los medios de prueba, la regulación autónoma de la prueba digital o electrónica. Lo mismo ocurre con el resto de los códigos procesales de las provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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MATERIAL EXCLUSIVO
Adicionalmente a los temas expuestos en la charla, ponemos a disposición de todos los asistentes los siguientes artículos:
- Delitos informáticos y Cibercrimen: alcances, conceptos y características, escrito por Marcelo Temperini donde realiza un repaso de algunos aspectos de la seguridad de la información y explica distintos conceptos tradicionales de la doctrina sobre delitos informáticos y cibercrimen, sus características generales y los desafíos que representan para el derecho.
- Investigación forense sobre medios digitales, escrito por Patricia M. Delbono donde reflexiona sobre el avance de los delitos de origen informático y del surgimiento de experticias informáticas para valorar adecuadamente un hecho técnico y determinar cómo pasó, y si es posible encontrar el humano detrás del teclado que ha cometido el ilícito.
- Cibercrimen y evidencia digital: problemática probatoria, escrito por Federico A. Borzi Cirilli donde aborda el concepto de evidencia digital y las problemáticas probatorias en los delitos informáticos.
- La cadena de custodia en la obtención de la evidencia digital en el Proceso Penal, escrito por María M. Roibón donde analiza la obtención de la evidencia digital y fundamentalmente el correcto resguardo de este tipo de pruebas para resguardar la correcta defensa de las garantías constitucionales de los ciudadanos.
Descargá el material sin costo haciendo clic aquí.
ANOTATE EN LA PRÓXIMA CAPACITACIÓN
Las siguientes reuniones virtuales tendrán lugar los martes a las 15:00 horas. Las temáticas que serán abordadas en las mismas son:
- Martes 3 de noviembre: “Reflexiones bioéticas en torno al derecho filial”. Expositores: Osvaldo Pitrau y Jorge Berbere Delgado, director de la publicación de Temas de Derecho de Familia, Sucesiones y Bioética.
- Martes 10 de noviembre: “Las nuevas tecnologías y el proceso judicial”. Expositores: Andrés Piesciorovsky y Carlos E. Camps, director de la publicación de Temas de Derecho Procesal.
- Martes 17 de noviembre: “Consideraciones en torno al procedimiento administrativo”. Expositores: Alfonso Buteler y Carlos F. Balbín, director de la publicación de Temas de Derecho Administrativo.
- Martes 24 de noviembre en horario especial 17 horas: “Un Plan Marshall para la recuperación de Argentina”. Expositores: Daniel R. Vítolo y Marcelo L. Perciavalle, director de la publicación de Temas de Derecho Comercial, Empresarial y del Consumidor.
Te invitamos a sumarte a las siguientes "Charlas con directores" y aprovechá para mantenerte informado sobre toda la actualidad jurídica argentina.
CONOCÉ NUESTRA PUBLICACIÓN ESPECIALIZADA
Este y otros temas penales se encuentran en Temas de Derecho Penal y Procesal Penal, una publicación mensual dirigida por los Dres. Mariano H. Borinsky y Daniel Schurjin Almenar, en la cual se ofrece información útil y actualizada para un contexto en pleno cambio en materia penal y procesal penal.