MIÉRCOLES, 12 DE DICIEMBRE DE 2018
El Anteproyecto del Código Penal prevé juzgar delitos cometidos afuera de Argentina
El artículo 1 del actual Código Penal ampliaría su aplicación si se llegara a sancionar el nuevo cuerpo normativo.

El Anteproyecto de ley para la reforma del Código Penal de la Nación podría dar comienzo a nuevos juzgamientos en el país, dado que prevé juzgar delitos que sean perpetrados en el extranjero por o contra personas de nacionalidad argentina. De esta manera, el principio de nacionalidad activa y pasiva es receptado por la nueva redacción. Supera el principio de territorialidad, el cual implica que los tribunales argentinos juzguen los delitos cometidos en el territorio, aunque establece excepciones.
La regla se amplía para incorporar en el artículo 1 del Anteproyecto la posibilidad de aplicar el Código a “los delitos cometidos en el extranjero por nacionales argentinos o contra ellos, en los supuestos no comprendidos en el primer párrafo del inciso 3° de este artículo, pero que según los tratados o convenciones internacionales puedan ser juzgados en la República Argentina”. Se hace referencia al inciso 3 porque solo tiene en cuenta los delitos perpetrados en el extranjero por nacionales argentinos o contra ellos si son delitos previstos en los tratados o convenciones internacionales como pasibles de extradición y, a su vez, Argentina debió asumir el compromiso de juzgamiento.
La nueva redacción del artículo considera las reglas establecidas en la Ley 24767 de Cooperación Internacional en materia penal y en los tratados bilaterales suscriptos con cada uno de los Estados.
La Comisión Reformadora del Anteproyecto está presidida por el juez de la Cámara de Casación Federal Penal Mariano Borinsky. La presentación del trabajo se postergó hasta la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, en marzo de 2019.
Acceda a la entrevista con el Dr. Mariano Borinsky sobre el juzgamiento de delitos cometidos en el extranjero aquí
Fuente: Erreius