VIERNES, 28 DE MAYO DE 2021
Interrupción legal del embarazo: aprueban la actualización 2021 del Protocolo de Atención Médica
El Ministerio de Salud actualiza las pautas de atención conforme a los estándares clínicos y avances científicos publicados por la Organización Mundial de la Salud.

Este viernes se publicó en el Boletín Oficial la resolución 1535/2021 del Ministerio de Salud, por la cual se aprueba la actualización 2021 del “Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo”, que se incorpora al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
La actualización del mencionado Protocolo forma parte de una política sanitaria llevada adelante por la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, y tiene por objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud, brindándoles un marco regulatorio y pautas clínicas para la atención precisa y clara que les permita desarrollar la interrupción del embarazo contemplado en el sistema normativo argentino, alcanzando los más altos estándares de atención.
Cada nueva versión del Protocolo está diseñada sobre la base de la comprensión fundamental de que todo el personal del efector de salud sea responsable de garantizar el derecho a interrumpir un embarazo, y corresponde su actualización cuando los estándares clínicos y el avance del progreso científico introduzcan nuevas evidencias, considerando que estas modificaciones deberán ser siempre progresivas.
Desde el punto de vista clínico, el protocolo incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo -dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)- y refuerza la importancia del acceso rápido a la atención integral, poniendo énfasis en la necesidad de resolución en el primer nivel de atención y en los tratamientos con medicamentos.
Para llevar adelante la actualización, se han tomado como antecedentes tanto el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” del año 2019, derogado por el Decreto 785/2019, como su homónimo del año 2015, el que, a su vez, había tomado como base las dos ediciones de la “Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles”, de 2007 y 2010, y el “Protocolo para Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo”, 2da edición 2019.
A su vez, se tienen en especial consideración las manifestaciones de la Organización Mundial de la Salud, máximo organismo rector de política sanitaria a nivel global, que actualiza periódicamente la guía de atención del aborto, estableciendo los mejores estándares clínicos y recomendaciones para su atención, por lo que también deben ser consideradas sus pautas a los fines de futuras actualizaciones.
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Fuente: Erreius